Critica AMLO al Poder Judicial por amparo otorgado para comercializar vapeadores
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a la empresa Gastronómica Teopanzolco, dueña del nombre comercial La Cabrería Grill Pizza, misma que se amparó contra del decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización de cigarros electrónicos y dispositivos vaporizadores, alegando que atenta contra su libertad de comercio.
En el dictamen del ministro Javier Laynez, lo la suprema corte enuncia que:
“En lugar de optar por la emisión de regulaciones relacionadas con el consumo y la venta de cigarros electrónicos, el Ejecutivo Federal optó por la alternativa más gravosa posible, como lo es la prohibición absoluta”, menciona la sentencia.
En la mañanera de este jueves, el Presidente Andrés Manuel López Obrador mostró su descontento con el amparo otorgado a dicho negocio:
“Y ayer ya quitaron el amparo y el argumento o excusa es de que se afecta la libertad de comercio, ponen por encima el mercantilismo de la salud del pueblo, de los jóvenes, pero bueno vamos a continuar atendiendo todo esto”
Hace unos días, un video que se hizo viral mostró a dos menores desnudos caminando humillados por Guasave, Sinaloa, tras ser castigados por sicarios del Cártel de Sinaloa por vender estos productos en una universidad.
El alza del tabaco y la prohibición han hecho crecer este comercio por lo que el crimen organizado ha comenzado a controlar la venta clandestina d estos productos.
Respecto al amparo otorgado, la Secretaría de Salud refrenda el compromiso de dar cumplimiento a la protección de la salud de la población en general, consagrada en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y reitera que los sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin nicotina, sistemas alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas, son indudablemente dañinos y su prohibición es legalmente constitucional.
Recordemos que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) analizó en el Laboratorio Nacional de Referencia el contenido de los insumos producidos por la industria del vapeo y encontró dimetil éter, una sustancia altamente inflamable; linalol, usado como insecticida contra moscas y cucarachas, entre otras sustancias altamente perjudiciales.