“De invalidarse el Plan B, SCJN violaría división de poderes”; acusa Presidencia

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A través de un comunicado, la Presidencia de la República, por conducto de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, acusó que de invalidarse proceso legislativo del “Plan B”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estaría “sustituyendo al Congreso de la Unión” y violando la división de poderes.

“Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violaría el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, argumentó a través de un comunicado.

La Presidencia de México, encabezada por Andrés Manuel López Obrador, hizo también un llamado a las ministras y los ministros de la SCJN para que “actúen con responsabilidad y privilegien la solución del verdadero conflicto constitucional” de las normas impugnadas por encima de las formalidades de trámite a las que hace referencia el proyecto de sentencia.

Esto luego de que se negara la petición realizada por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal para resolver, en primer término, las demandas presentadas desde 2018 en contra de la Ley General de Comunicación Social (LGCS).

En este sentido también se acusó a la Suprema Corte de tener dos parámetros distintos: uno para revisar las leyes del “régimen neoliberal”, pues argumentan que en cinco años no se ha querido dictar sentencia, y otro distinto para las “normas que legítimamente expide la soberanía popular en busca de la transformación”, que afirman se resuelven en tres meses, a pesar de que se trata de la misma norma impugnada.

Califican como “falso” el argumento del proyecto de sentencia para anular la totalidad del decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, donde se considera que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo.

“De la lectura al proyecto se constata que el ministro ponente es omiso en dar cumplimiento al artículo 17 constitucional y 39 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la norma fundamental, pues no toma en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades demandadas, cuando es su obligación examinar en su conjunto los argumentos de todas las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada. De haberlo hecho, su proyecto se habría emitido en otro sentido”, agrega.

La Presidencia acusa que el proyecto se omite examinar la dispensa de trámite, que es una atribución reglamentaria de los legisladores, que los faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin pasar por comisiones, para lo cual el Pleno de la Cámara de Diputados determine, por mayoría, que una iniciativa es de urgente u obvia resolución.

“También resulta inexacto que se haya transgredido el principio de deliberación democrática, como se afirma en el proyecto de sentencia, pues durante la aprobación de las leyes que integran el plan B en materia electoral, el Congreso de la Unión cumplió los requisitos constitucionales, legales, reglamentarios; incluso, con los criterios de la propia SCJN”, agrega.

Finalmente, Presidencia señala que “al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular” la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. “De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”.

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